miércoles, 18 de noviembre de 2009

Trabajadores presentan denuncia referida a la grave crisis eléctrica


Quito, 18 de noviembre de 2009

Doctor
Washington Pesántez Muñoz
FISCAL GENERAL DEL ESTADO
En su Despacho

Muy cordialmente:

Los ciudadan@s abajo firmantes, por nuestros derechos y como representantes de varias organizaciones sociales legalmente reconocidas, en conocimiento de nuestros derechos y obligaciones, acudimos a Usted, con la siguiente denuncia:

Desde hace algunas semanas, el Ecuador experimenta una grave crisis de provisión de energía eléctrica que está afectando el desarrollo productivo a nivel nacional, así como un conjunto de actividades: familiares, profesionales, individuales, culturales, recreativas; generando incuantificables perjuicios económicos al propio Estado, como a los sectores: empresarial público y privado, a los trabajadores, comunidades, y a toda la población del país, sin distinción. Los racionamientos de energía eléctrica que impiden el normal desarrollo de la sociedad, además, han ahondado los niveles de inseguridad y violencia pública, han incrementado el desempleo y el subempleo; y constituyen evidentes violaciones a la Constitución de la República del Ecuador, a los derechos de los consumidores, a la soberanía económica del país, a la Ley de Régimen del Sector Eléctrico, al Plan Maestro de Electrificación, y demás normativa relacionada con la provisión de servicios públicos.

Entre los objetivos de la política energética del Gobierno de Rafael Correa Delgado, se establecen principalmente los de: “garantizar el desarrollo energético del país bajo los lineamientos de seguridad, soberanía y autosuficiencia energética nacional, uso sustentable de los recursos naturales con responsabilidad social y protección del medio ambiente; uso racional y eficiente de la energía primaria y secundaria; provisión energética eficiente y de calidad; incremento de la cobertura energética a precios socialmente justos y; elevación de los estándares de vida de la sociedad ecuatoriana”

Señor Fiscal, la crisis eléctrica se reedita en el país, luego de más de una década de que creíamos superada esa tara de la llamada “larga noche neoliberal”, y en circunstancias en que el Gobierno Central, ha contado como nunca antes con recursos económicos suficientes, y con excedentes monetarios, producto del incremento del precio del petróleo desde el año 2006, hasta la presente fecha. Además de contar con el incondicional respaldo de todos los estamentos y funciones del Estado, que han actuado junto al gobierno, creando incluso discrecionalidades jurídicas únicas, como es el caso de una serie de adjudicaciones contractuales en forma directa, bajo el argumento de la emergencia para garantizar el “desarrollo” del país.

Las autoridades y ex autoridades directamente relacionadas con el manejo del sector eléctrico, son las siguientes: Alexsey Mosquera, ex Subsecretario de Electrificación y ex Ministro de Electricidad y Energías Renovables, Jorge Glas Espinel, ex Presidente y ex Gerente del Fondo de Solidaridad; Esteban Albornoz Ventimilla, Ministro de Electricidad y Energías Renovables y Presidente del Consejo Nacional de Electrificación – CONELEC; Edgar Ponce, Vicepresidente del CONELEC; y los vocales: Xavier Abad y Michael Mera, delegados del Presidente Rafael Correa; René Ramírez, representante de SENPLADES; Juan Medina y Jorge Almeida, representantes de las Cámaras de la Producción; Diego Ormaza, representante alterno de los trabajadores eléctricos; Fernando Izquierdo Tacuri, Director Ejecutivo del CONELEC; y Francisco Vergara, Presidente del Directorio del Centro Nacional de Control de Energía, CENACE.

Normativa relacionada

La Constitución de Montecristi, en su Art. 11, numeral 1 establece: “Los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes; estas autoridades garantizarán su cumplimiento.”

El mismo artículo constitucional en el numeral 9, señala: “El más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución. El Estado, sus delegatarios, concesionarios y toda persona que actúe en ejercicio de una potestad pública, estarán obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarias y funcionarios, y empleadas y empleados públicos en el desempeño de sus cargos.”

El artículo 249 de la Constitución Política de la República del Ecuador, establece que es responsabilidad del Estado la provisión de servicios públicos, entre ellos la fuerza eléctrica; servicio que debe ser prestado bajo su control y regulación y respondiendo a principios de eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, continuidad y calidad; velando porque sus precios o tarifas sean equitativos;

El artículo 313 de la Constitución, señala: “El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos, de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia. Los sectores estratégicos, de decisión y control exclusivo del Estado, son aquellos que por su trascendencia y magnitud tienen decisiva influencia económica, social, política o ambiental, y deberán orientarse al pleno desarrollo de los derechos y al interés social.

Se consideran sectores estratégicos la energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, los recursos naturales no renovables, el transporte y la refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el espectro radioeléctrico, el agua, y los demás que determine la ley.

Art. 314.- El Estado será responsable de la provisión de los servicios públicos. [...] El Estado garantizará que los servicios públicos y su provisión respondan a los principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad. El Estado dispondrá que los precios y tarifas de los servicios públicos sean equitativos, y establecerá su control y regulación.

Según la Constitución de la República: “El Estado responderá civilmente por los daños y perjuicios causados a las personas por negligencia y DESCUIDO EN LA ATENCIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS que estén a su cargo…”… “Las personas o entidades que presten servicios públicos o que produzcan o comercialicen bienes de consumo, serán responsables civil y penalmente por la deficiente prestación del servicio, por la calidad defectuosa del producto, o cuando sus condiciones no estén de acuerdo con la publicidad efectuada o con la descripción que incorpora”.

La Constitución de Montecristi, en el Art. 280, señala: “El Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del Presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados. Su observancia será de carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores”.

La Constitución del Ecuador, en el artículo 326, numeral 15, señala: “Se prohibe la paralización de los servicios públicos de salud y saneamiento ambiental, educación, justicia, bomberos, seguridad social, energía eléctrica, agua potable y alcantarillado, producción hidrocarburífera, procesamiento, transporte y distribución de combustibles, transportación pública, correos y telecomunicaciones…”

La Ley de Régimen del Sector Eléctrico, en el Art. 1, Deberes del Estado, establece: “El suministro de energía eléctrica es un servicio de utilidad pública de interés nacional; por tanto, es deber del Estado satisfacer directa o indirectamente las necesidades de energía eléctrica del país, mediante el aprovechamiento óptimo de recursos naturales, de conformidad con el Plan Nacional de Electrificación.”

El Art. 5, literal (a) de la misma Ley, señala que uno de los objetivos del Estado, es “Proporcionar al país un servicio eléctrico de alta calidad y confiabilidad que garantice su desarrollo económico y social”.

El Art. 5, literal (d), de la Ley Eléctrica, obliga al Estado a “Proteger los derechos de los consumidores y garantizar la aplicación de tarifas preferenciales para los sectores de escasos recursos económicos”.

Art. 5A, de la Ley de Régimen del Sector Eléctrico, establece: “Corresponde al Presidente de la República, a través del Ministerio de Energía y Minas, la formulación y coordinación de la política nacional del sector eléctrico, así como la elaboración del Plan Maestro de Energía del país. Para el desarrollo y ejecución de la política del sector eléctrico, el Estado actuará a través del Consejo Nacional de Electricidad, CONELEC.”

El Art. 13, de la Ley de Régimen del Sector Eléctrico, señala como responsabilidades del CONELEC: a) Regular el sector eléctrico y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y demás normas técnicas de electrificación del país de acuerdo con la política energética nacional; y, b) Elaborar el Plan Maestro de Electrificación, para que garantice la continuidad del suministro de energía eléctrica, y en particular la de generación basado en el aprovechamiento óptimo de los recursos naturales, promoviendo su ejecución oportuna agotando para ello los mecanismos que la Ley le concede. Para tal efecto, mantendrá actualizado el inventario de los recursos energéticos del país con fines de producción eléctrica, para ser ejecutados directamente por el Estado, con recursos propios o asociándose con empresas especializadas de conformidad con la Ley de Inversiones del Sector Público; o, concesionados de acuerdo al Reglamento de Concesiones, Permisos y Licencias para la Prestación del Servicio de Energía Eléctrica.

Mediante Decreto Ejecutivo No. 711, publicado en el Registro Oficial No. 140 el 8 de noviembre del 2005, la Presidencia de la República asignó al Ministerio de Energía y Minas la facultad de definir las políticas de electrificación en el país en concordancia con la política nacional energética.

A través de Acuerdo Ministerial 035, del 23 de septiembre de 2008, el ex Ministro Alexey Mosquera, dispuso: “Art. 1.- Se establecen como políticas de Estado a corto, mediano y largo plazo en el sector energético las siguientes: a) Recuperar para el Estado la rectoría y la planificación del sector energético; d) Formular y llevar adelante un Plan Energético Nacional, que defina la expansión optimizada del sector en el marco de un desarrollo sostenible; e) Promover alianzas estratégicas entre los sectores público y privado nacional y extranjero, para el desarrollo de proyectos energéticos en un ambiente de seguridad jurídica; f) Promover el desarrollo sustentable de los recursos energéticos e impulsar proyectos con fuentes de generación renovable (hidroeléctrica, geotérmica, solar, eólica) y de nueva generación eléctrica eficiente, incluyendo la nuclear, excluyendo la generación con base a el uso del diesel”

Plan Nacional de Electrificación

El Consejo Nacional de Electrificación -CONELEC, mediante Resolución Nº 081-98 del 5 de octubre de 1998, aprobó el “PLAN NACIONAL DE ELECTRIFICACIÓN” para el período 1998-2007, en el que constan 18 proyectos que debieron construirse en dicho período:


Nº - NOMBRE DEL PROYECTO - POTENCIA - FECHA DE FUNCIONAMIENTO

1.- CENTRAL DAULE PERIPA 3 unidades de 71 MW cada una. Total 213 MW
En junio de 1999 debió entrar a funcionar la primera unidad.
2.- SAN FRANCISCO 230 MW - A fines de 2003
3.- MAZAR 180 MW - A fines de 2004
4.- TOACHI-PILATÓN 190 MW - A inicios de 2002
5.- MANTA 23 MW - Proyecto termoeléctrico –Dic/1999
6.- GENQUITO 42 MW - Proyecto termoeléctrico –Ene/2000
7.- ANGAMARCA 50 MW - Septiembre de 2000
8.- DELSI 50 MW - Febrero de 2001
9.- GUÁPULO 3.2 MW - Mayo de 2001
10.- APAQUÍ 44 MW - Mayo de 2001
11.- VACAS GALINDO 42 MW - Junio de 2001
12.- SIBIMBE 18 MW - Junio de 2001
13.- SALOYA 17 MW - Noviembre de 2001
14.- SABANILLA 19.9 MW - Enero de 2002
15.- TANISAGUA 50 MW - Marzo de 2002
16.- LANGOA 25.4 MW - Mayo de 2002
17.- CUYUJA 20 MW - Diciembre de 2003
18.- JATUNYACU 50 MW - Julio de 2004
TOTAL 1.267.5 MW
FUENTE: Plan Nacional de Electrificación del Ecuador, período 1998-2007

Con la construcción de los 18 proyectos eléctricos (en su mayoría hidroeléctricos) en el período 1998-2007, seguramente el país estaría recibiendo actualmente una oferta eléctrica de 1.267,5 MW, adicional, suficiente energía para contar con un servicio de calidad, optimizar recursos y evitar las enormes pérdidas económicas en tiempos de estiaje.

Plan Maestro de Electrificación 2009 - 2020
Conforme establece la Constitución y la Ley de Régimen del Sector Eléctrico, El Plan Maestro de Electrificación es de cumplimiento obligatorio. En el Plan elaborado por el Gobierno de la Revolución Ciudadana, se advierte un absoluto conocimiento de la grave situación en que se enconraban y se encuentran algunas plantas de generación térmica, así como la vulnerabilidad y los riesgos inminentes a los que estaba y está expuesta la Central Hidroeléctrica Paute. El documento elaborado por el CONELEC, en su parte pertinente dice: “La disponibilidad de la generación térmica existente es variable y depende de diversos factores, entre ellos: los períodos de mantenimiento, sean estos programados o no, disponibilidad de combustibles y vida útil de los equipos. La gran mayoría de los motores de combustión interna (MCI) tienen más de 20 años de instalación, razón por la cual sus rendimientos y factores de planta son bajos y sus costos variables de producción altos. Se espera que estas unidades salgan de servicio en forma progresiva durante los años siguientes, sea por obsolecencia o al ser desplazadas en el mercado por la incorporación de las unidades de generación más eficientes.”
En referencia a las plantas hidráulicas, y en especial a la Central Paute, en el Plan Maestro de Electrificación, se puede colegir la fragilidad y vulnerabilidad de la más grande generadora hidráulica, además de una constante baja natural de los caudales de los ríos que abastecen al embalse: “Las plantas hidráulicas más grandes se encuentran ubicadas en la vertiente amazónica, donde la época lluviosa ocurre generalmente de abril a septiembre y el período seco de octubre a marzo. Por esta razón, los mantenimientos de las plantas térmicas, preferentemente se los programa para la estación lluviosa y los de las unidades hidráulicas para la estación seca”.
El citado docuemento agrega: “La capacidad de almacenamiento de agua del embalse Amaluza de la central Paute, hace que sea considerado de regulación semanal. Esta limitación provoca dificultades en el abastecimiento eléctrico en època de estiaje ya que su producción se reduce notablemente…”
De los análisis, a los datos del período 1964 – 2008, la tendencia histórica de los caudales del Río Paute, en el sitio de la Presa Daniel Palacios, es decreciente; y, se repiten ciclos de años con caudales bajos, como se puede observar resaltado en el Gráfico 2.8. (Ver anexo al final)
El habitual estiaje de Paute se agudiza cada cuatro años. Como consta en el referido cuadro, el presente estiaje estaba anticipado y era de conocimiento de todas las autoridades del sector eléctrico y del Presidente Rafael Correa. Contrariamente a lo señalado por el Primer Mandatario y por las autoridades eléctricas, la información de las últimas décadas, señala que la presente sequía, no es “la peor sequía de los últimos 40 años”; el país ha experimentado ciclos de mayor impacto natural entre los años 2004 y 2005, cuando el nivel del embalse en Paute llegó hasta 1976 metros. El nivel aceptable es de 1990 metros.
Según revela la Revista Vanguardia, del 17 de noviembre de 2009, “El ex Ministro de Electricidad, Alexey Mosquera, dice que en diciembre de 2008 adelantó con Cuba la cesión de cupo de compra de generadores Hyundai por 150 MW. El ex funcionario dice que en la Matriz Energética hacia el 2020, diseñada en el 2007, ya se preveía el apalancamiento del sistema eléctrico nacional con generación térmica, puesto que la operatividad real de la central Paute es de 513 MW. “Todos – dice Mosquera- estaban avisados de que iba a haber problemas. Incluido el actual Ministro, pues para diciembre del 2008, él era gerente de la Corporación Electrica del Ecuador (CELEC). Recién, el 12 de octubre pasado, a partir del decreto 89, se agilitan los acuerdos con Cuba.”
En la misma publicación, el ingeniero Ricardo Buitrón, consultor del sector, dice que el Plan Nacional de Electrificación, indica que, durante la época estival, se necesitaban al menos 300 MW de generación térmica adicional para abastecer la demanda en condiciones de autonomía y sin mayores riesgos de racionamiento. Al momento Ecuador enfrenta un déficit de entre 500 y 600 MW de energía, producto de la falta de mantenimiento de las centrales de generación térmica, con unidades que superan los 30 años, cuando la vida útil es de apenas 10 años.
De la información contenida en el Plan Maestro de Electrificación PME, así como de los datos que maneja el CONELEC, las autoridades del sector eléctrico del Gobierno de Rafael Correa, estaban en la obligación y responsabilidad de cumplir con los proyectos contemplados en el PME, que responda a un crecimiento de la demanda de energía nacional, del 7.5% anual, así como al decrecimiento permanente de los caudales de los ríos, y al estiaje cíclico que se advertía se haría presente para el año 2009, con mayor fuerza, en la Central Paute.
De acuerdo a la información oficial, el país necesita instalar aproximadamente 300 Mw por año para cubrir la demanda, reemplazar la generación térmica ineficiente, y cumplir con un plan de riesgos y contingencias. Nada de eso se ha hecho en los tres años del Gobierno. No se ha incorporado un solo KW. Los mega proyectos hidroeléctricos: Coca Codo Sinclair y Toachi-Pilatón, se bambolean en la inestabilidad de las alianzas estratégicas entre gobiernos “amigos”, empresas incumplidas y otras salpicadas de corrupción. Es el caso del contrato con ENARSA, que se desplomó luego de poner la pripera piedra entre el Presidente Correa y la Presidenta Cristina Fernández.. Esta primera piedra acabó costándole al Ecuador U$ 5 millones. En el caso de Toachi – Pilatón, la obra adjudicada sin licitación a Odebrech, igualmente se vino abajo, luego del colapso de San Francisco. Ahora el Gobierno deambula buscando financiamiento, en el primer caso con el Gobierno Chino, y en el segundo con el régimen ruso.
El tema de la Central San Francisco, no puede ser más aleccionador, de la falta de seriedad y responsabilidad del régimen. Las autoridades del sector eléctrico, con el Presidente de la República Rafael Correa a la cabeza, el Ministro de Energía, Alberto Acosta, y el Subsecretario de Electricidad, Alecxey Mosquera, inauguraron la planta, premiando a Odebrech con 13 millones de dólares, por arranque anticipado. Luego de pocos meses, el proyecto colapsó. Odebrech se fue del país, pero los ecuatorianos nos quedamos con una central inservible, y con una deuda que de 280 millones subió a más de 600 millones de dólares.(Fuente Cristian Zurita libro El Discreto Encanto de la Revolución Ciudadana).

El caso del Proyecto Baba, igualmente adjudicado a dedo en el Gobierno de Lucio Gutiérrez, no significará ningún aporte importante para el país. Su costo de U$ 240 millones, para generar apenas 40 MW, lo ubica como una de las obras más caras, con un costo de 6 mil dólares por KW instalado, cuando el promedio regional y nacional hidroeléctrico es de U$ 1.200 el KW. Al parecer, el proyecto Baba, no estaba dirigido a la generación eléctrica, sino a transportar el agua hasta la Península de Santa Elena, para suplir las deficiencias del Proyecto Daule Peripa, y garantizar los intereses de los grandes terratenientes del sector.

INFORMACION ACTUAL DE POTENCIA
Instalados 4236,2 MW
No disponibles 1592,6 MW 106,1 San Francisco
102 Victoria II (Intervisa Trade)
85 Termoguayas
32 Anibal Santos
17 Santa Rosa
20 Otras menores
190 Interconexión Colombia
80,5 Anibal Santos y Avaro Tinajero
960 Paute (Funciona una unidad)
Disponible 2643,6 MW
Demanda De Potencia 2900 MW
Déficit -256,4 MW

DEMANDA DE ENERGÍA 17319 GWh
OFERTA EN CONDICIONES NORMALES 16690 GWh
DEFICIT EN ENERGÍA 629 GWh
La energía demandada para servicio público durante el 2007 fue de 15840,15 GWh, que fueron cubiertos de la siguente manera: Empresas Generadoras, 13221.17 GWh; generación de las Distribuidoras, 1273.90 GWh; aporte de las Autogeneradoras, 484.21 GWh; y la diferencia, 860.87 GWh correspondiente al déficit, que para cubrirlo se compra a Colombia a través de la interconexión. (Estadística del Sector Eléctrico Ecuatoriano Año 2007. CONELEC).
Hasta junio del 2008 (Estadística del Sector Eléctrico Ecuatoriano Primer Semestre del Año 2008) la energía demandada para servicio público, 8147.03 GWh, se logró cubrir mediante el aporte de las Empresas Generadoras: 7268.13 GWh; generación de las distribuidoras, 473.93 GWh; Autogeneradoras, 395.43 GWh; siendo completada por la interconexión con Colombia con 137.67 GWh.
El número de clientes regulados y el consumo de energía en el 2007 se distribuyó de la siguiente manera:

Total de Clientes Regulados vs. Consumo de Energía
Grupo de Consumo Promedio Anual % MWh %
Residencial 2887137 87,49% 4102609 40,73%
Comercial 327495 9,92% 2204738 21,89%
Industrial 40304 1,22% 1971293 19,57%
A. Público 473 0,01% 765456 7,60%
Otros 44730 1,36% 1027757 10,20%
Total 3300139 100,00% 10071853 100,00%
Fuente CONELEC

El déficit ha tenido que ser cubierto mediante la compra de energía a Colombia y a Perú según los datos estadísticos del CONELEC.
Importación de Energía Eléctrica

Año Energía (GWh) Importación (millones de dólares)
2003 1120.00 81.72
2004 1642.00 134.11
2005 1723.45 150.40
2006 1540.77 124.98
2007 860.87 65.68
TOTAL 6887.09 556.89
Desde el año 2003 que se comienza la importación de energía desde Colombia, se han gastado alrededor de 560 millones de dólares que hubieran significado la instalación de una central hidroeléctrica de 350 MW con una generación, durante el mismo período (2003-2007), aproximada de 12000 GWh.
Es decir, si el Gobierno de Rafael Correa hubiese observado las recomendaciones del Plan Maestro de Electrificación, solo con los recursos destinados a la importación de energía a Colombia, se habría construido como mínimo una central de generación térmica de 120 MW por año, a un costo de U$ 80 millones promedio, para contar con 360 MW, adicionales, con lo cual se habría evitado la catástrofe energética que vive el país, con las secuelas que afectan indistintamente a todos los ecuatorianos.
Desde hace muchos años, los estudios del sector energético (sector petrolero y eléctrico), recomendaron, que debido a la alta generación de residuos en la Refinería Esmeraldas, del orden del 50%, las plantas de generación térmica, fueran modificadas, para sustituir el diesel por el bunker, en consideración de que el residuo cuesta la mitad del precio del diesel, y tiene mayor poder calórico que aumenta la eficiencia de las máquinas. Conforme al reporte del Plan Maestro de Electrificación, casi el 50% de la generación térmica nacional se mantiene con diesel, producto que es subsidiado por el Estado.
¿Cuáles son las razones para que el Gobierno de Correa y los gobiernos anteriores, no hayan dispuesto la utilización del bunker en la generación térmica, con lo cual se hubiese reducido las importaciones de un producto caro como el diesel?. Este negocio: el manejo del residuo de refinería Esmeraldas, ha sido y sigue siendo uno de los mayores del sector petrolero, del cual se benefician grandes traders, que viven de la importación del Cutter Stock, diluyente que se usa para mezclar con el residuo y formar el Fuel Oil, el cual a su vez es exportado por los mismos traders. En el régimen de la Revolución Ciudadana, como ya se ha denunciado, tanto la importación del Cutter Stock, como la exportación del Fuel Oil, fue adjudicado, sin licitación a PDVSA de Venezuela.

Petición

Señor Fiscal, al amparo de las garantías constitucionales, establecidas en el Art. 11, numeral 1: “Los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes; estas autoridades garantizarán su cumplimiento”; y, convencidos de que lo aquí descrito no escapa a su conocimiento, ni al de la gran mayoría de ecuatorianos, quienes sufrimos por igual los impactos de una crisis, que muy lejos de ubicar como responsables a la “madre naturaleza” , a “San Pedro”, o “a gobiernos anteriores”, aporta luces, para identificar a los verdaderos actores, directos e indirectos de los apagones y las tinieblas, que soporta la Patria, recurrimos a Usted, para solicitar, se hagan respetar nuestros derechos, como adicionalmente, dispone el numeral 9 del mismo artículo constitucional: “El más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución. El Estado, sus delegatarios, concesionarios y toda persona que actúe en ejercicio de una potestad pública, estarán obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarias y funcionarios, y empleadas y empleados públicos en el desempeño de sus cargos.”

De la información expuesta queda claro que las autoridades del sector eléctrico, inobservaron la Constitución de la República, la Ley de Régimen del Sector Eléctrico, el Pan Maestro de Electrificación, así como todo el capítulo de derechos de los ciudadanos, contemplados en la nueva Carta Magna y en Convenios Internacionales.

Pero, no solo se habría inobservado la normativa legal vigente, sino que además se habría actuado con negligencia, al no haber dispuesto a tiempo un plan de mantenimiento de las plantas termoeléctricas, el no haber adquirido repuestos y equipos, no haber licitado a tiempo y con responsabilidad los proyectos de generación hidroeléctrica, y no haber contratado la generación térmica de emergencia, para cubrir el incremento de la demanda de energía, y el estiaje en Paute, que estuvo previamente advertido.

Al respecto, la Constitución de la República establece: “El Estado responderá civilmente por los daños y perjuicios causados a las personas por negligencia y DESCUIDO EN LA ATENCIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS que estén a su cargo…”. “Las personas o entidades que presten servicios públicos o que produzcan o comercialicen bienes de consumo, serán responsables civil y penalmente por la deficiente prestación del servicio, por la calidad defectuosa del producto, o cuando sus condiciones no estén de acuerdo con la publicidad efectuada o con la descripción que incorpora”.

Señor Fiscal, queremos entender que la Constitución del Ecuador, es, como dice el Presidente Rafael Correa: “para todos y todas”, el artículo 326, numeral 15, señala: “Se prohibe la paralización de los servicios públicos de salud y saneamiento ambiental, educación, justicia, bomberos, seguridad social, energía eléctrica, agua potable y alcantarillado, producción hidrocarburífera, procesamiento, transporte y distribución de combustibles, transportación pública, correos y telecomunicaciones…”

Por lo expuesto, los firmantes, solicitamos de Usted, disponga las investigaciones correspondientes, así como las acciones legales, que su condición le impone, para proteger y garantizar los derechos de millones de compatriotas, y sancionar a los responsables directos e indirectos de la grave crisis energética que vive el país y que está causando irreparables perjuicios económicos.

Por el respeto a la Constitución y a los derechos de los ecuatorianos y ecuatorianas


Atentamente,

Fernando Villavicencio V.
Henry Llanes S.
Diego Cano Molestina
Ramiro Guerrero
Martha Roldós B